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Rama del Derecho Público que se ocupa de la administración pública, entendida como actividad que El Estado y sus sujetos auxiliares, realizan para satisfacer los intereses colectivos, a través de funciones la de mantener el buen funcionamiento de los servicios públicos, el orden público y la seguridad jurídica, la educación, la cultura, el manejo de los recursos públicos, etc.
Las acciones fundamentales que la administración lleva a cabo son las siguientes:
Acción de garantía
Mediante este procedimiento la administración fija el marco de la vida colectiva; establece el orden de convivencia, garantizando cuáles son los ámbitos dentro de los que pueden desarrollarse las iniciativas privadas y cuáles las posibles conductas de los particulares, lo que se realiza manteniendo la tranquilidad y el orden público o definiendo derechos, como en el caso del urbanismo o limitando posibilidades de actuación, como cuando tasa un precio.
Acción de prestación
Tiene por finalidad entregar a sus destinatarios ciertos bienes o prestar determinados servicios. Los puede ofrecer la administración en el mercado, en régimen de Derecho privado o mediante un concesionario al que fija pautas de actuación, o bien puede ejecutar el servicio público de forma directa y como tal administración.
Acción de estímulo
La administración incita a los particulares a que cumplan actividades concretas de interés público mediante subvenciones, créditos, desgravaciones o exenciones fiscales, recursos estos muy utilizados en materia de urbanismo.
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